El Código Riesgo Suicidio (CRS) es un programa protocolizado de actuaciones asistenciales y preventivas de la conducta suicida que el Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña puso en marcha en 2014 y que alcanzó la cobertura completa de toda Cataluña en el año 2016.
El objetivo principal del programa CRS es detectar precozmente a las personas que han realizado un intento de suicidio o que presentan un alto riesgo de suicidio, proporcionar atención urgente y seguimiento preventivo continuado en función del nivel de riesgo de suicidio, para aumentar la supervivencia de la población atendida por conducta suicida y prevenir la repetición de los intentos de suicidio y, en definitiva, reducir la mortalidad por suicidio en Cataluña.
El programa CRS comprende: (1) un sistema de vigilancia y registro de las conductas suicidas (Registro del Código Riesgo Suicidio –CRS); y (2) una intervención de prevención indicada de la conducta suicida.
El programa CRS consta de 3 fases1:
(1) Visita de atención especializada en el plazo de 10 días (72 horas en caso menores de 18 años) desde el alta hospitalaria, por el Centro de Salud Mental (CSMA), Centro de Salud Mental Infantil y Juvenil (CSMIJ), Centro de Atención y Seguimiento a las drogodependencias (CAS), Hospital de Día de referencia, para re-evaluar el riesgo de suicidio y diseñar un plan terapéutico de seguimiento individualizado acorde al nivel de riesgo de suicidio y a los factores psicopatológicos concomitantes detectados;
(2) Llamada telefónica de seguimiento en el plazo de 30 días desde el alta hospitalaria, por los servicios de atención telefónica del 061 CatSalut Respon o del EMSE-Equip Multidisciplinari de Suport Especialitzat, para re-evaluar el riesgo de suicidio y el estado de salud de la persona, proporcionar apoyo y consejo sanitario, así como verificar la recepción de la visita de atención especializada; y
(3) Visitas de seguimiento durante un periodo de 12 meses por el CSMA/CSMIJ, CAS, Hospital de Día o servicio de Atención Primaria (AP) de referencia, para re-evaluar el nivel de riesgo de suicidio y controlar otros factores de riesgo de suicidio concomitantes. Si al año de seguimiento, el riesgo de suicidio se ha estabilizado en un nivel de riesgo bajo, se procederá a la desactivación del programa CRS.
En los casos de evaluación clínica especializada del riesgo (fase 2) de nivel moderado o bajo, el programa CRS establece un seguimiento preventivo periódico por Atención Primaria o mediante el procedimiento de interconsultas entre atención primaria y salud mental (psiquiatra o psicólogo clínico).
Referencias
Figura 1. Protocolo de actuaciones y recorrido asistencial del programa Código Riesgo Suicidio (CRS).
Footnote figura: SISCAT: Sistema Sanitario Integral de utilización pública de Cataluña CSMIJ: Centro de Salud Mental Infanto-Juvenil; CSMA: Centro de Salud Mental de Adultos; CAS: Centros de Atención y Seguimiento a las drogodependencias; EMSE: Equipo multidisciplinar de apoyo especializado; AP: Atención Primaria de salud